¿Qué sociedad mercantil le conviene a mi negocio?

¿Qué sociedad mercantil le conviene a mi negocio?

¿Qué sociedad mercantil le conviene a mi negocio?

En el momento en que formas un negocio  con socios  tienes que tomar muchas decisiones y una de las primeras es decidir qué tipo de sociedad le va a convenir a tu negocio. Las sociedades mercantiles son reconocidas por la ley como entidades propias y cuenta con la participación de socios. Tiene el objetivo de obtener ganancias a través de actos comerciales.

Antes de decidirte por un tipo de sociedad para tu negocio es importante que tomes en cuenta los siguiente:

  • Define al giro al que te vas a dedicar.
  • Establece la relación que habrá entre los socios.
  • Elige el régimen fiscal que te conviene.

Elegir un tipo de sociedad mercantil para pequeñas y medianas empresas depende de las necesidades de cada negocio.  A continuación te decimos las más populares que puedes elegir.

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Sociedad Anónima (S.A)

En este tipo de sociedad se debe de tener mínimo 2 socios y el capital social debe de estar arriba de los $50,000 y se puede actuar como persona jurídica. Esta logra ser reconocida en el momento en que existe una escritura de constitución pactada por todas las partes ante un Notario Público. Aquí cada persona que participa posee ciertas acciones de la empresa, que respecto al acuerdo que hayan establecido les pertenecen. Además es importante recalcar que la responsabilidad de cada uno es relacionada al capital que exista.

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Sociedad Anonima de Capital Variable (S.A.de C.V)

Las características son iguales que la Sociedad Anónima pero la diferencia es que tiene un capital fijo y un capital variable, el cual puede aumentar o disminuir sin requerir todas las formalidades que sí requiere la Sociedad Anónima. Pues aparte de lo que cada uno pueda aportar también puede ser retirado. Además de que existe la posibilidad de que nuevos socios se integren con mayor facilidad. Este tipo es recomendable si lo que deseas es que cuentes siempre con posibilidades de incrementar tu capital, solo debes poner atención a lo que dicta la ley.

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Sociedad Cooperativa (S.C)

En este tipo de sociedad todos los socios pertenecen a la clase trabajadora , es decir, todos lo socios participantes son todos los trabajadores de la empresa. No tienen establecido un mínimo de capital social. Se requiere un mínimo de 5 socios pero el máximo es ilimitado. Una de las ventajas que presenta es que la adhesión o baja de la sociedad es totalmente voluntaria. Aunque la aportación de capital mínima para poder ser socio debe quedar establecida en los estatutos.

Sociedad de Responsabilidad limitada. (S. de R.L)

La responsabilidad está limitada al capital aportado, el capital se integra de las aportaciones de cada uno de los socios. A diferencia de las S. A. este tipo de sociedad no puede cotizar en la bolsa. Es muy útil si se desea salvaguardar el patrimonio personal de todos los socios. Pues de existir una deuda no están obligados a responder con su patrimonio personal. Además de que pueden ser solamente socios de capital y no necesariamente trabajadores.

Recuerda que tienes que tomara en cuenta el número de socios que tendrás y la relación que vas a llevar con cada uno de ellos, es importante que tu y todos tu socios tomen la decisión juntos. Convertirse en una sociedad mercantil les traerá más ganancias y más beneficios.

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