¿Cuáles son los principales conflictos de una Pyme con el SAT?

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¿Cuáles son los principales conflictos de una Pyme con el SAT?

Sin duda alguna la regulación fiscal en México ha tenido avances importantes hasta el punto de poder hacer nuestra declaración o consultas desde la comodidad de nuestras casas; sin embargo, que el SAT sea más eficiente no garantiza que las relaciones con los contribuyentes sean más tersas.

Aunque se ha avanzado, hay muchas Pymes que consideran su relación actual con el SAT más ríspida de lo que era hace varios años, algo que para nada es benéfico.

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De hecho, la Procuraduría de Defensa del Contribuyente (Prodecon) se ha encargado de canalizar todas las quejas y dificultades que los empresarios tienen con el SAT dándonos una lista muy nutrida de los principales conflictos que tienen Pymes del país.

En esta ocasión nombraremos las primeras cuatro problemáticas para que las tomes en cuenta y no tengas que pasar un momento amargo tratando de solucionar esas situaciones:

Embargo de depósitos bancarios

Muchos empresarios han sufrido un embargo de sus cuentas corrientes, depósitos u otros productos bancarios. Esto se da por el impago de multas o de alguno de los múltiples impuestos, tanto estatales como municipales o de las comunidades autónomas.

Aunque una Pyme puede pedir una aclaración y una ‘defensa’, esta vía puede llevar entre tres y cuatro meses para la solución del conflicto. Es por esto que la Prodecon ha convenido que en un plazo no mayor de una semana la empresa tenga conocimiento de las razones que motivaron el embargo de los depósitos bancarios.

La devolución de impuestos

Una de los principales conflictos entre una Pyme y el SAT se da en la negativa de devolver impuestos.

La cosa es que, según la Prodecon, el aparato administrativo de fiscalización ha endurecido sus funciones desde 2014 y especialmente en la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Esto resulta en que hay veces en que la autoridad ha requerido de la empresa contribuyente la presentación de ciertos requisitos, que incluso ni siquiera están contemplados en los ordenamientos legales, para la devolución de impuestos.

Es cierto que antes las autoridades podían llegar a tardar hasta 1.5 años para realizar las devoluciones, pero gracias a las modificaciones al Código Fiscal ahora se exige que la autoridad realice esta devolución de impuestos desde 90 hasta un máximo de 180 días (demasiado tiempo aún).

Sólo del primero de enero al 15 de agosto de 2018, la Prodecon atendió unos 177 mil casos de contribuyentes inconformes con su devolución.

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Las cartas invitación

Recordemos que tanto el SAT, el IMSS y el Infonavit llegan a realizar muestreos entre empresas con respecto al cumplimiento de sus obligaciones y cuando se encuentran ciertos incumplimientos se realiza la emisión de “Cartas Invitación” para que el contribuyente realice el trámite correcto o presente sus declaraciones en caso de haberlo omitido.

Sin embargo, se han presentado casos en donde las autoridades tuvieron un comportamiento “rudo” que desembocó en quitarles el registro patronal a las empresas afectando de manera esencial no sólo a la Pyme sino a los empleados.

Cancelación del sello digital

Recordemos que se da una cancelación del sello digital cuando haya una omisión en la presentación de las declaraciones, el no presentarse ante la autoridad o no haber sido localizado y no presentarse en procesos de comprobación.

Si una empresa incurre en alguna de estas omisiones, las autoridades pueden recurrir a la cancelación del sello digital, imposibilitando así a las empresas a emitir facturas y esto por supuesto les complica terriblemente la existencia.

Según los datos de la Prodecon las inconformidades empresariales por la cancelación del sello ha incrementado desde 2016 un aproximado de 200%.

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