Diferencias entre Persona Física y Persona Moral

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Diferencias entre Persona Física y Persona Moral

Al momento de iniciar un negocio es necesario que definas si quieres responsabilizarte como persona física o como persona moral, ya que es aquí donde decides si trabajarás por cuenta propia o asociado con más personas.

Aunque no lo creas, se trata de una decisión muy importante por eso necesitas planear y definir qué es lo que más le conviene a tu negocio. Para que no tengas dudas a continuación te diremos qué significa cada razón social y cuáles son sus beneficios.

Principales diferencias entre Persona Física y Persona Moral

  • La persona física se identifica por su nombre, mientras que la persona moral lo hace a través de una denominación o razón social (normalmente es el nombre que le das a tu empresa).
  • Una persona física tiene estado civil mientras que una morales no, ya que son un conjunto de personas.
  • Las personas de régimen moral sólo pueden tener una nacionalidad, por ejemplo si tienen su domicilio en territorio nacional son mexicanas.
  • Las morales están obligadas a presentar su contabilidad ante el SAT mientras que las personas físicas sólo si sus ingresos son superiores a los 4 millones.
  • Las personas morales se dividen en dos regímenes fiscales: del régimen general y con fines no lucrativos. Las personas físicas se dividen en cuatro: asalariado, profesionista, arrendador o empresario.

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Semejanzas

  • Puedes registrar tu negocio con cualquiera de ellas.
  • Personalidad jurídica para ejercer derechos y contraer obligaciones.
  • Tanto las personas físicas como las morales pueden tener patrimonio, es decir, derechos y obligaciones en términos económicos.
  • Ambas tienen un domicilio.

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¿Cuál es mejor para un negocio?

Si estás emprendiendo tu solo un negocio, es recomendable que lo hagas como persona física ya que el trámite es mucho más rápido y además el único representante legal o dueño de la empresa serás tú ya que toda obligación legal o decisión serán solamente tu responsabilidad, es decir, el poder está solamente en ti.

Para realizar este trámite solo necesitas darte de alta en el Sistema de Administración Tributaria y listo.

Pero si por otro lado decidiste crear una empresa de la mano de más personas o socios, registrarse como Persona Moral es lo correcto. No olviden que el trámite incluye ir a un notario para dar fe de que tú y tus socios están construyendo un negocio.

Posteriormente ya podrás darte de alta ante el SAT bajo el régimen de persona moral. Aquí las obligaciones y derechos están divididos entre todos los que pertenecen como dueños de la empresa.

Recuerda que puedes decidir la que más se acomode a tu negocio y es muy importante que te registres ante el SAT, nosotros también te damos la razón por la que te conviene registrarte.

5 Comments
  • Francisco Bravo
    Posted at 17:14h, 21 febrero Responder

    Gracias por la aclaración. Tenia esta duda.

  • FRANCISCO
    Posted at 20:17h, 09 abril Responder

    QUE LEY RIGE ESTO

  • Jorge
    Posted at 11:20h, 30 octubre Responder

    Creo que su artículo no esta bien, las Personas Fisicas también tienen que presenter su contabilidad aunque no rebasen los 4 millones de ingresos, la diferencia es que no pagaran impuestos, pero SI tienen que reportar sus ingresos al SAT. (con reporter no me refiero a Pagar o Enterar el impuesto, me refiero a solamente Reportar que no ganaron + de 4 millones).

    • Maria Leon
      Posted at 14:36h, 30 octubre Responder

      Hola Jorge. No es una obligación.

    • JORGE COLORADO GARCIA
      Posted at 12:22h, 05 julio Responder

      Estimado Jorge, con el hecho de no rebasar los 4 millones, no te exime de pagar impuestos, solo te exime de enviar la contabilidad electrónica

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