Cómo seguir en el Régimen de Incorporación Fiscal

Regímen de Incorporación Fiscal

Cómo seguir en el Régimen de Incorporación Fiscal

Muchos emprendedores están dados de alta ante el SAT (Servicios de Administración Tributaria), bajo el esquema que propone el RIF o Régimen de Incorporación Fiscal, lo que reporta beneficios fiscales.

Sin embargo, el SAT comunicó que a partir de 2022 los contribuyentes que estuvieran en este régimen y quisieran permanecer en él aprovechando sus beneficios, deben dar un aviso antes del 31 de enero.

De no notificar al SAT en el plazo establecido mediante el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones, una vez inicie el mes próximo, el SAT les asignará uno de acuerdo a las disposiciones aplicables.

Pasos para continuar en el Régimen de incorporación Fiscal

  • Ingresa al portal del SAT.
  • Selecciona el apartado Trámites del RFC/Actualización del RFC.
  • Luego selecciona la opción Presenta el aviso de actualización de actividades económica y obligaciones.
  • Aparecerá la pregunta ¿Optas por continuar pagando tus impuestos en el Régimen de Incorporación Fiscal? y escoge la opción .
  • Finaliza el proceso y obtén tu acuse de movimientos de actualización de situación fiscal.

Adiós al RIF

Esta acción del SAT es básicamente una despedida del Régimen de Incorporación Fiscal, que si bien seguirá existiendo, ya no admitirá nuevas inscripciones. Sin embargo, quienes ya se encuentran en este esquema fiscal, podrán mantenerse en él hasta su caducidad, que es de 10 años.

Una vez cumplido el plazo, los contribuyentes podrán tributar ya sean en el nuevo RESICO (Régimen Simplificado de Confianza) o bien en el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales para personas físicas.

El RIF es un esquema fiscal pensado para personas físicas que realizan actividades que no requieren de un título profesional y uno de los requisitos es que sus ingresos anuales no deben superar los 2 millones de pesos. La principal ventaja del Régimen de Incorporación Fiscal es el descuento del ISR, que es del 100% el primer año y va disminuyendo 10% cada año, durante los 10 siguientes años.

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Qué es RESICO

El Régimen Simplificado de Confianza, o RESICO, es la novedad que anunció el SAT y el esquema que pretende reemplazar al RIF, aunque cuenta con otras características.

Se trata de una acción del SAT que pretende simplificar el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR), convirtiendo el trámite en algo sencillo, eficaz y rápido. Al mismo tiempo, este nuevo régimen pretende reducir las tasas de impuestos para aquellos que tengan menos ingresos, ya que está orientado a persona físicas que perciben ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos facturados. En el caso de personas morales, sólo podrán adherirse al régimen quienes no superen los 35 millones de pesos anuales.

Según señala el SAT, las personas inscritas en RESICO estarán obligados a pagar entre el 1 y el 2.5% de sus ingresos y de paso disminuirán su labor contable, ya que se utilizará como base sus ingresos facturados y cobrados, lo que se espera les ayuda a evitar que tengan que recibir ayuda de terceras personas para sus declaraciones.

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