Previo a la llegada del 2021 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que si eres uno de los más de 5 millones de contribuyentes inscritos en el Régimen de Incorporación Fiscal, deberás actualizar tu contraseña RIF o, de lo contrario se dejará inactiva en cualquier momento.
“El Servicio de Administración Tributaria (SAT) te informa que a partir del próximo 15 de diciembre de 2020 tu Contraseña quedará inactiva preventivamente, para efecto de garantizar que al realizar tus trámites ante el SAT se haga de forma segura, salvaguardando la confidencialidad de sus datos de creación y corroborar tu integridad.”
¿Qué es la contraseña RIF?
La contraseña RIF es aquella con la cual ingresas a tu Buzón Tributario, declaraciones anuales, pagos provisionales, entre otros servicios.
¿Por qué hay que renovar la contraseña?
Antes la contraseña RIF era muy fácil de obtener por Internet hace algunos años. Bastaba con insertar la clave del RFC, un par de correos electrónicos y unos datos básicos del domicilio para generar una nueva contraseña.
El problema con la simplificación excesiva es la posibilidad de la suplantación de identidad.
A eso hay que añadir que algunos contribuyentes no tienen la precaución de crear un correo electrónico o de revisarlo y prefieren delegar ese trabajo al contador, quien por carga de trabajo podría haber optado por insertar un mismo correo para diversos contribuyentes.
Es por esa razón que en la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, el SAT publicó una regla referente a la vigencia de la contraseña de contribuyentes del RIF, un régimen que inició en enero de 2014 y que sustituyó al Régimen de Pequeños Contribuyentes, conocido como Repecos.
Ahora la contraseña quedará inactiva cuando el SAT detecte que los contribuyentes que tributen en el RIF, en un periodo de dos años, se ubiquen en alguno de estos tres supuestos:
- No cuenten con actividad preponderante asignada en el RFC
- No hayan emitido CFDI
- No hayan presentado declaraciones periódicas relacionadas con sus actividades.
El SAT también dejará inactiva la contraseña si detecta que los contribuyentes no han realizado actualizaciones en el Registro Federal del Contribuyente (RFC) cuando se hubieran colocado en los supuestos jurídicos para presentar los avisos respectivos.
¿Qué pasa si se bloquea mi contraseña del SAT?
En caso de que el contribuyente se coloque en alguno de los supuestos a que se refieren las fracciones anteriores y su Contraseña quede inactiva, este solicitará la activación de la Contraseña de conformidad con la ficha de trámite 7/CFF “Solicitud de generación, actualización o renovación de la Contraseña”, contenida en el Anexo 1-A.
¿Cómo actualizar mi contraseña del SAT?
Recuerda que existen diversas opciones para la renovación:
Presencial. Anteriormente no era necesario solicitar cita, debido a la pandemia se ajustaron los procedimientos y ahora sí hay que agendar una cita para solicitar nuestra contraseña.
SAT ID. La app ya permite generar la contraseña a través del dispositivo móvil. Sin embargo, requerirá mucha paciencia por la intermitencia que puede presentarse en su uso.
Vía internet. Existe la opción de la generación directa de la contraseña a través del sitio del SAT. No olvides que este procedimiento no sustituye el ajuste a la constancia de situación fiscal para que este correo sea el que corresponda al contribuyente.