Opinión de Cumplimiento Positiva

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Opinión de Cumplimiento Positiva

¿Qué es una Opinión de Cumplimiento Positiva?

Para la edición del Buen Fin 2019 el Servicio de Administración Tributaria (SAT), actualizó los requisitos para que los negocios puedan participar en el evento comercial más grande del año. Entre los requisitos solicitados se encuentra contar con una Opinión de Cumplimiento Positiva.

 

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El término hace referencia a la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales, un documento que los contribuyentes deben solicitar al SAT en caso de que quieran hacer un contrato con el Gobierno, solicitar un estímulo, hacer un trámite fiscal o de comercio exterior.

Dicho documento también es conocido como Carta 32D, esto en referencia al mismo artículo del Código Fiscal de la Federación (CFF), en el que se establece la prohibición que tiene el Gobierno Federal para contratar adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con particulares que no estén inscritos en el Registro Federal de Contribuyente o no hayan presentado a tiempo sus declaraciones de impuestos.

 

deAlgo que se debe tomar en cuenta es que la Opinión de Cumplimiento puede ser positiva o negativa. En el caso de que una empresa obtenga una opinión negativa, evidentemente esta no podrá aplicar en los fines antes descritos. Recuerda que siempre la autoridad requerirá una opinión positiva para cualquier participación.

 

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¿Cómo lograr la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales?

Para obtener el documento, el SAT ofrece diversas opciones de trámite:

 

  • Tramitar el documento por medio de la entidad o dependencia gubernamental que lo otorga.
  • A través del portal del SAT usando tu contraseña o e.firma.
  • A través del número telefónico (01 55) 627 22 728 o por correo electrónico a la dirección [email protected].

¿Qué hago si recibí una Opinión de Cumplimiento Negativa?

 

Un ejemplo de cómo se obtiene una opinión negativa es cuando la autoridad detecta que una empresa declaró en ceros en un mes, pero en el mismo emitió un CFDI de ingresos.

 

Ahora bien, si el SAT emitió una opinión negativa en una empresa que haya incurrido en dicha falta y esta no está de acuerdo, se puede aclarar por qué no se declaró los ingresos identificados en el CFDI a través del buzón tributario o el portal del SAT.

 

En la aclaración se deberá adjuntar la información pertinente para demostrar el caso y luego de eso, será la autoridad quien resuelva el caso en a más tardar 30 días.

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